Tribunal Superior Electoral rechaza demanda del Partido Humanista Dominicano
El Tribunal Superior Electoral (TSE) dictaminó el rechazo de la demanda en referimiento electoral de extrema urgencia interpuesta por el Partido Humanista Dominicano (PHD). La acción legal, presentada por el presidente de la organización política, Ramón Emilio Goris Taveras, buscaba medidas cautelares en relación con los preparativos de su convención interna.
Detalles de la decisión judicial
El pleno del tribunal, encabezado por el magistrado presidente Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo junto a los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, fundamentó su decisión en la falta de pruebas sobre la urgencia del caso. Según lo establecido en el artículo 166 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, no se logró demostrar la existencia de un daño inminente o irreparable que justificara la intervención extraordinaria del órgano judicial.
El origen del conflicto
La demanda original tenía como objetivo principal que el TSE ordenara a Julián Burgos Bonilla, secretario nacional de Organización del PHD, integrarse de inmediato a las labores organizativas de la VII Convención Nacional Ordinaria. Esta actividad está programada para celebrarse el próximo domingo 20 de septiembre y tiene como fin la renovación de la dirigencia nacional de la entidad política.
El tribunal determinó que no se demostró en la instancia la necesidad de hacer cesar una turbación manifiestamente ilícita, requisito indispensable para proceder con las medidas de extrema urgencia solicitadas por la parte demandante.
Aspectos procedimentales
Aunque la demanda fue admitida en cuanto a la forma —al cumplir con los plazos y requisitos legales tras la instancia depositada el pasado 11 de septiembre—, el fondo del asunto no prosperó. Previo a este fallo, los magistrados también desestimaron el medio de inadmisión presentado por la parte demandada, argumentando que la acción poseía un carácter temporal específico ligado al cronograma electoral interno del partido.








