Tribunal Supremo rechaza demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz

alofoke
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Tribunal Supremo de España desestima demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz

El Tribunal Supremo español ha cerrado la puerta a la demanda presentada por el reconocido cantante Julio Iglesias, quien buscaba emprender acciones legales por una supuesta intromisión al derecho al honor y la intimidad contra la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. La Sala Civil del alto tribunal determinó que no es el órgano competente para juzgar este caso, derivando la responsabilidad a los tribunales de instancia ordinarios.

El origen del conflicto judicial se remonta a las declaraciones públicas realizadas por la política española el pasado mes de enero. Díaz se pronunció sobre una denuncia interpuesta por dos antiguas trabajadoras del artista, quienes alegaban haber sido víctimas de diversas conductas abusivas. Aunque dicha denuncia fue archivada posteriormente por la Fiscalía de la Audiencia Nacional por falta de jurisdicción, los comentarios de la vicepresidenta fueron el detonante para que la defensa de Iglesias solicitara una rectificación pública, una indemnización económica y el pago de las costas procesales.

El trasfondo de las declaraciones

Yolanda Díaz utilizó sus redes sociales y espacios televisivos para manifestar su postura ante las denuncias presentadas contra el intérprete. Entre las declaraciones que motivaron la demanda, destacan los siguientes calificativos:

  • Calificó como «escalofriantes» los testimonios de las exempleadas.
  • Agradeció públicamente a las mujeres que denunciaron, refiriéndose a ellas como «valientes».
  • Señaló la existencia de una estructura de poder basada en la supuesta agresión permanente y vulneración de derechos humanos.
  • Expresó sentir «terror» y «pánico» ante la situación de inferioridad extrema que, según su versión, vivían las trabajadoras.

Se trata de declaraciones que, si bien proceden de una persona aforada, no están protegidas por las prerrogativas establecidas, ya que en el mensaje de Bluesky actuó como ciudadana y dirigente política.

Auto del Tribunal Supremo

Aunque la Ley Orgánica del Poder Judicial otorga al Supremo la competencia para juzgar a miembros del Gobierno por hechos vinculados estrictamente al ejercicio de sus funciones, la Sala Civil concluyó que las palabras de Díaz no guardan una conexión directa con sus responsabilidades ministeriales. Por tanto, el tribunal consideró que las manifestaciones fueron emitidas en su faceta de dirigente política y ciudadana, quedando fuera del fuero especial que protege a los altos cargos gubernamentales.

Con esta resolución, el proceso legal iniciado por el cantante no prospera en la máxima instancia judicial, marcando un precedente sobre cómo se deben canalizar las demandas civiles contra figuras políticas por sus declaraciones en el ámbito público.

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