Bad Bunny gana juicio clave sobre derechos de autor del ritmo dembow

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Victoria legal para Bad Bunny y estrellas del género urbano en demanda por derechos de autor

El reguetón respira con tranquilidad tras un fallo judicial trascendental en Estados Unidos. El juez federal André Birotte Jr. ha desestimado una demanda que amenazaba a decenas de artistas, incluyendo a Bad Bunny, Karol G, Daddy Yankee, J Balvin, Drake y Luis Fonsi, en relación con la supuesta propiedad intelectual del ritmo conocido como dembow.

La disputa legal, que se mantenía activa desde 2021, fue iniciada por el productor jamaiquino Cleveland “Clevie” Browne y los herederos de Wycliffe “Steely” Johnson. Los demandantes argumentaban que poseían los derechos sobre la estructura rítmica fundamental del reguetón, intentando vincularla a sus producciones musicales previas.

Un fallo que redefine los límites del copyright

La resolución revierte una decisión previa de julio, en la cual el tribunal consideraba que un jurado debía evaluar si el arreglo musical reclamado merecía protección. Sin embargo, tras la solicitud de reconsideración presentada por la defensa de Bad Bunny, el juez Birotte Jr. concluyó que los demandantes no lograron demostrar la titularidad de los derechos sobre el ritmo en cuestión.

No se puede registrar un ritmo mediante ingeniería inversa a partir de tres canciones diferentes una vez que ya se está en los tribunales.

Kenneth Freundlich, abogado de Bad Bunny

El tribunal determinó que la estrategia de los demandantes consistía en una construcción artificial —calificada por la defensa como un “Frankenstein” de derechos de autor— al intentar combinar elementos de tres canciones distintas para crear una obra protegible que, en realidad, no existe como una creación única registrada.

El impacto en la industria urbana

Este fallo en Alofoke Deportes es clave para entender el futuro de la música urbana, ya que marca un precedente sobre qué elementos pueden ser sujetos a derechos de autor:

  • El dembow es un patrón rítmico esencial que, según la justicia, no puede ser monopolizado mediante la combinación retrospectiva de elementos.
  • La protección de derechos de autor no puede establecerse sobre componentes musicales que son utilizados de manera recurrente como parte de un género.
  • La decisión protege a más de 150 artistas y productores que enfrentaban riesgos legales por miles de canciones.

Con esta resolución, se cierra un capítulo de incertidumbre jurídica que buscaba condicionar la evolución de uno de los géneros más influyentes en el Caribe y América Latina, reafirmando que los patrones rítmicos fundamentales no pueden ser propiedad exclusiva de individuos bajo esquemas de reconstrucción legal.

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