Fraude en juegos de azar se castigará con hasta 10 años de prisión

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Nuevas penas de hasta 10 años de cárcel por fraude en juegos de azar en República Dominicana

El sector de los juegos de azar en la República Dominicana se encamina hacia una transformación regulatoria sin precedentes. Con el objetivo de modernizar y unificar el marco normativo que rige a las más de 71,000 bancas de lotería y deportivas operando en el país, el nuevo proyecto de ley establece un régimen sancionador de alta severidad para blindar la transparencia y proteger la fe pública.

Sanciones drásticas contra el fraude en sorteos

La propuesta legislativa pone el foco en la integridad de los resultados. De acuerdo con el Artículo 164, numeral 2, cualquier individuo que altere o distorsione por medios fraudulentos los resultados de una apuesta o sorteo será sancionado con penas de prisión mayor que oscilan entre los 5 y 10 años.

La normativa busca garantizar que el juego se mantenga bajo estrictos estándares de aleatoriedad e imprevisibilidad, protegiendo así a los usuarios y al sistema financiero nacional.

Además de la privación de libertad, los infractores deberán enfrentar multas económicas significativas, las cuales se han fijado entre 10 y 20 salarios mínimos del sector público, reforzando el impacto punitivo contra quienes busquen lucrarse mediante el engaño.

Control sobre la manipulación técnica y digital

El proyecto no solo sanciona el fraude directo, sino que también abarca la manipulación técnica y el desarrollo de software no autorizado. Las disposiciones legales contemplan las siguientes medidas:

  • Intervención de máquinas: Quienes alteren los mecanismos de pago o sistemas internos de tragamonedas enfrentarán de 2 a 5 años de prisión menor y multas de 9 a 15 salarios mínimos.
  • Software no autorizado: Los desarrolladores y programadores que diseñen o implementen sistemas electrónicos para loterías sin la debida autorización de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) recibirán penas bajo la misma escala de prisión menor.
  • Manipulación de dispositivos: Cualquier alteración intencionada de los componentes operativos de un equipo de juego será castigada con el rigor de la ley.

Consecuencias para las sociedades comerciales

La ley es contundente respecto al uso de empresas como fachada para actividades ilícitas. El Artículo 167 faculta a los tribunales para ordenar la disolución definitiva de sociedades comerciales que sirvan como medio para cometer estos delitos. Entre las medidas adicionales se incluye la clausura de establecimientos, vigilancia judicial por un lustro y el decomiso total de los activos utilizados para operar el fraude.

Actualmente, el proyecto se encuentra en una etapa crucial. Tras el inicio de la Segunda Legislatura Ordinaria, el Senado deberá evaluar las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados para proceder con su aprobación final y posterior envío al Poder Ejecutivo para su promulgación.

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